COMITÉ DE EMPRESA GLOBAL (SALCAI-UTINSA S.A.)
PROCEDIMIENTO PARA GESTIONAR LOS ACCIDENTES DE TRABAJO
- El trabajador tiene la obligación de comunicar el accidente (siempre y aunque no haya sufrido lesión alguna) inmediatamente después de sucedido (al SAE para su conocimiento y registro), salvo imposibilidad justificada en la gravedad del mismo.
- En caso necesario y si la urgencia no requiere otra actuación, la empresa facilitará al accidentado el acceso a la primera asistencia médica en la Mutua de Accidentes de Trabajo, mediante llamada telefónica al efecto y sin que ello implique reconocimiento definitivo del accidente alegado, por lo que la Mutua no formalizará la entrega inmediata del justificante de Baja Médica.
- Después, y a la mayor brevedad posible –siempre dentro de las 24 horas siguientes-, el accidentado se pondrá en contacto con el Servicio de Prevención o con la Administración de Recursos Humanos, para facilitar la descripción detallada del accidente.
- Antes de emitir el Parte de Accidente y la Baja Médica, se realizará la declaración jurada que la cumplimentará el afectado, y el informe de investigación de las causas del mismo, pudiendo requerirle la aportación de un testigo que así lo corrobore. Se iniciará con la entrevista personal entre el accidentado y un responsable en la investigación del accidente.
- Elaborado el citado informe y verificado el accidente, se extenderá el correspondiente Parte de Accidentes que será remitido a la Mutua, conjuntamente con el informe, y a los efectos oportunos.
- El Parte de Asistencia Sanitaria, tiene que ir obligatoriamente con el sello del Departamento de RR.HH., para su aceptación por parte de la Mutua.
- El Parte de Baja Médica emitido por la Mutua, debe venir obligatoriamente con la duración estimada del proceso.