miércoles, 31 de agosto de 2011

FRAUDE AL CIUDADANO

5MENTARIOS

Ni reforma, ni constitucional

EL ECONOMISTA

Desde que la humanidad es y forma sociedades, se plantea el problema de la necesidad de restringir el poder de los gobernantes y la actuación discrecional de los dirigentes, que siempre resulta en la coerción de nuestra libertad y un ansioso acceso a nuestros bolsillos (rentas, ganancias, bienes, riquezas, patrimonio) de mil formas, aunque siempre justificadas por el bien común.
Por ello, defiendo la limitación o control constitucional de la acción del poder, especialmente en su intromisión en asuntos, acuerdos, decisiones, tratos o contratos de carácter económico, salvo para garantizar la libertad y voluntariedad de las partes afectadas y el cumplimiento de las normas elementales que regulan dichas actividades.
Ello implica constreñir el poder político en la actividad económica y, por ende, en el PIB de un país donde, en la actualidad, las Administraciones Públicas suponen más del 45 por ciento del PIB español. Si bien ese porcentaje por sí sólo no asegura nada, ya que en el franquismo, el Estado apenas suponía un 30 por ciento o menos del PIB y no puede decirse que la autoridad no interviniese cada transacción o sector económico.
¿Por qué una restricción constitucional? La teoría de la Elección Pública explica y la experiencia histórica -de los últimos once años, del siglo XX y, en España, desde hace 500 años, con una política de los Austria o Habsburgo que no entendía de equilibrios presupuestarios- nos asegura que todo dirigente trata de maximizar su cuantía y tiempo de poder, y siempre que pueda se saltará los límites o restricciones para lograr su objetivo.
Así, en interés de la libertad de cada individuo -incluso de quienes comparten plenamente los propósitos del gobernante- debe dificultarse lo más posible la tendencia esencial que todo poder tiene de hacerse autoritario. Eso intentan ser nuestros actuales sistemas constitucionales y democráticos: marcos de convivencia y toma de decisiones sociales que ponen límites al poder.
Si un presidente accede al Gobierno con una limitación como la Ley de Estabilidad Presupuestaria y mediante mayoría absoluta (mitad más uno) puede eliminar tal barrera a su actuación discrecional, siempre tendrá más fácil actuar de forma abusiva eliminando tal restricción que si se lo impide una mayoría cualificada de, digamos, tres quintos o dos tercios del Parlamento, que suelen requerirse para modificaciones de ámbito constitucional.
Se entiende así por qué el candidato del PSOE, Pérez Rubalcaba, ha declarado que no quiere ni una cifra en la Constitución. Y se explica que fue una gravísima -lo percibimos como tal varios años después y esto es clave para entender cómo actúan los políticos- decisión del PSOE eliminar dicha Ley y gravitar su política en el gasto sin límite y elreparto arbitrario, privilegiado y nepótico del mucho dinero ingresado mediante el auge económico, animado también desde las administraciones autonómicas y locales que se beneficiaban del hoy malhadado modelo del ladrillo, pese a la ausencia de señales de déficit y deuda.

Fraude al ciudadano

Por ello, la clave es el gasto, no esos otros factores. Y por todo ello, pese a que muchos se felicitan por el pacto alcanzado entre PP y PSOE para limitar el déficit por vía constitucional, y que a otros les parezca mejor que nada, mi conclusión es que se trata de un nuevo fraude al ciudadano y, tal como se ha redactado y acometido, es mero papel mojado que intenta engañar a las instituciones europeas, de las que dependemos por el comportamiento manirroto de nuestros administradores.
Así, en cuanto a la forma, la reforma no es propiamente constitucional porque utiliza el desvío de una Ley Orgánica que puede modificarse más fácilmente que si realmente el límite figurase como tal en la Constitución, la cual simplemente se usa de tapadera o puesta en escena.
En cuanto al contenido, no es una reforma porque, primero, lo que debe delimitarse constitucionalmente -con cifras- es el gasto (por ejemplo, un 30 por ciento del PIB) más que el déficit o la deuda, cuyos límites pueden cumplirse incrementando el tic cleptómano de todo gobernante sobre los bolsillos de sus ciudadanos o trampeando con empresas públicas.
Segundo, porque -para colmo- se refiere al déficit estructural, esto es, descuenta el impacto del ciclo económico sobre ingresos y gastos permitiendo los excesos propios de los denominados estabilizadores automáticos sobre las cuentas públicas. Y, tercero, porque el propio texto presentado (punto 4) acepta excepciones que permiten todo tipo de trampas, gateras, escapes y desmanes al poder (admite su incumplimiento en caso de recesión económica, omitiendo que los excesos y disparates de las autoridades son gran parte de su causa y origen), asegurándose que el ciudadano siga al albur de sus gobernantes y pagando.
Fernando Méndez Ibisate. Profesor de Economía de la UCM.