jueves, 24 de marzo de 2011

ART. 32º-B CONVENIO COLECTIVO - INCENTIVO POR ASISTENCIA CONTINUADA.

COMITÉ DE EMPRESA GLOBAL (SALCAI-UTINSA S.A.)
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Por la presente comunicamos a todos los trabajadores, que según establece el artículo 32º-B del Convenio Colectivo, y dándose la circunstancia de que los días perdidos por los trabajadores en el año 2010 suman un total de 16.834 días, nos corresponde a cada trabajador un incentivo económico individual de 150 euros.