El paradigma “positivista” que separa con frontera de alambradas el deber ser -lege ferenda- y el ser -lege data- de la norma jurídica, baraja los conceptos con primores de tahúr. Al primero, el derecho que debe ser, previamente reducido como cabeza en manos de jíbaros, se le representa como ocurrencia sin fertilidad alguna para el derecho material, y ahí está la carta marcada: ceñir el derecho al ser de la norma positiva, eludiendo la razón jurídica que la justifica, es la negación de la propia razón del derecho.