sábado, 3 de agosto de 2013

QUE EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA NO TE CONFUNDA. ¡¡¡LA EMPRESA NO PUEDE QUITAR AL TRABAJADOR LAS CANTIDADES ADEUDADAS!!! - ¡¡¡LA EMPRESA PUEDE RECLAMAR AL TRABAJADOR LAS CANTIDADES ADEUDADAS!!!

5MENTARIOS

En resumen: 

LA EMPRESA NO ESTÁ LEGITIMADA PARA REALIZAR DESCUENTOS DE FORMA UNILATERAL EN LAS NÓMINAS.

PARA HACERLO TENDRÁ QUÉ:


  1. CONTAR CON EL CONSENTIMIENTO DE LOS TRABAJADORES.
  2. TENER UNA SENTENCIA QUE LO AUTORICE (por ejemplo, la procedente de una reclamación salarial planteada por la empresa a los trabajadores, siempre que no haya prescrito -salarios de un año atrás-)
Si los trabajadores no consintieran o no hubiera sentencia de lo Social que permitiese a la empresa deducir tales cantidades, solo le quedaría al empleador la vía civil.