jueves, 27 de junio de 2013
viernes, 14 de junio de 2013
DECRETO, RESULTADO DE LA 2ª COMPARECENCIA CELEBRADA EN EL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº3, EN LA QUE LA EMPRESA PRESENTA EL DOCUMENTO SUSCRITO POR CCOO, UGT e IC, PARA INTENTAR RETRASAR EN EL TIEMPO EL COBRO POR PARTE DE LOS TRABAJADORES DEL IPC+ATRASOS.
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Plan de pagos juzgado de lo social nº 3.
La empresa deberá abonar a todos los trabajadores afectados por este DECRETO, las cantidades que se relacionan a partir de la nómina de julio de 2013 y hasta la nómina de diciembre de 2013.
miércoles, 12 de junio de 2013
domingo, 9 de junio de 2013
jueves, 6 de junio de 2013
DECRETO, RESULTADO DE LA 1ª COMPARECENCIA CELEBRADA EN EL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº5, EL MIÉRCOLES 22 DE MAYO DE 2013, EN LA QUE LA EMPRESA PRESENTA EL DOCUMENTO SUSCRITO POR CCOO, UGT e IC, PARA INTENTAR RETRASAR EN EL TIEMPO EL COBRO POR PARTE DE LOS TRABAJADORES DEL IPC+ATRASOS.
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Comparecencia día 22/05/2013, juzgado de lo social 5: http://catt-global.blogspot.com.es/2013/05/1-comparecencia-celebrada-hoy-en-el.html
Tal y como habíamos anunciado el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 5, emite DECRETO con el PLAN DE PAGOS:
A modo de ejemplo; todo aquel trabajador que este afectado por ese DECRETO y que la empresa le adeudase en un principio 3.000 euros, a partir de la NÓMINA DE JULIO DE 2013 EN VEZ DE 30€ LE TENDRÍAN QUE ABONAR 160€.
Explicación: Como de enero de 2012 a junio de 2013, la dirección de la empresa habría abonado de forma voluntaria la cantidad de 1080 euros.
Si la deuda fuese de 3000€, le restamos los 1080€ da un resultado de 1920 euros, que a su vez dividido en 12 mensualidades daría un resultado de 160€, que sería la cantidad mensual a abonar en la Nómina a partir del mes de JULIO de 2013.
miércoles, 5 de junio de 2013
martes, 4 de junio de 2013
viernes, 31 de mayo de 2013
sábado, 25 de mayo de 2013
jueves, 23 de mayo de 2013
LO QUE EN EL AÑO 2005 NOS QUITARON DE NÓMINA OTROS (SINDICATOS/EMPRESA), LO QUE EN EL MES DE ABRIL DE 2012 DEJA DE ABONAR LA EMPRESA, AHORA GRACIAS AL CATT SE VUELVE A ABONAR COMO CONCEPTO SALARIAL Y VUELVE A NÓMINA.
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1ª SENTENCIA ESTIMATORIA, EN LA QUE SE RECONOCE A LOS TRABAJADORES/SOCIOS AFILIADOS AL CATT, EL ABONO DE 79,05€ MENSUALES DESDE EL MES DE ABRIL DE 2012, FECHA EN QUE LA EMPRESA DEJO DE ABONARLOS.
"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"
miércoles, 22 de mayo de 2013
1ª COMPARECENCIA CELEBRADA HOY EN EL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº5, EN EL QUE LA EMPRESA PRESENTA EL DOCUMENTO SUSCRITO POR CCOO, UGT e IC, PARA INTENTAR RETRASAR EN EL TIEMPO EL COBRO POR PARTE DE LOS TRABAJADORES DEL IPC+ATRASOS.
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Documento suscrito por CCOO, UGT e IC:
Tal y como les habíamos anunciado hace unos días, la empresa en este acto hace valer el documento suscrito por la propia empresa, CCOO, UGT e Intersindical Canaria, presentándolo en este juzgado, para intentar retrasar aún más en el tiempo las deudas contraídas con los trabajadores.
Documento suscrito por CCOO, UGT e IC:
Asimismo la abogada del CATT, se ratifica en la contrapropuesta presentada el día 19/04/2013, rechazando el acuerdo suscrito por CCOO, UGT, IC y la propia empresa:
Por lo tanto será el juzgado el que tiene la última palabra, y mediante DECRETO resolverá el plan de pagos.
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